# ¿Cuáles son las obligaciones del primer año tras crear una sociedad?

Actualizado : 2026-10-22 · Source : https://legalrapide.fr/es/guides/obligations-premiere-annee/

Tras la inscripción, una sociedad debe llevar la contabilidad, declarar y pagar el IVA según su régimen, preparar la CFE (impuesto local sobre empresas), estar en condiciones de recibir facturas electrónicas, y después aprobar sus cuentas en los seis meses siguientes al cierre y depositarlas en el greffe.

## En las primeras semanas
- Desbloquear el capital con el Kbis y utilizar la cuenta bancaria de la sociedad.
- Llevar el libro de decisiones del socio único o de las juntas.
- Comprobar el régimen de IVA indicado en la creación.
- Estar en condiciones de recibir facturas electrónicas: obligatorio desde el 1 de septiembre de 2026 para las empresas establecidas en Francia y sujetas al IVA.

## Durante el ejercicio
- Llevar una contabilidad regular y conservar los justificantes.
- Presentar las declaraciones de IVA según el régimen (mensual, trimestral o anual).
- Presentar la declaración inicial de la CFE (formulario 1447-C) antes del 31 de diciembre del año de creación. La CFE no se paga el año de creación.

## Tras el cierre
- Formular las cuentas anuales.
- Aprobarlas en los seis meses siguientes al cierre.
- Depositarlas en el greffe en el mes siguiente a la aprobación (dos meses si el depósito es electrónico).

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La fórmula Sérénité incluye al asesor contable colaborador, la facturación electrónica y la aprobación de las cuentas.

## Sources
- [Service-public: cotisation foncière des entreprises (CFE)](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/vosdroits/F23547)
- [Service-public: la facturación electrónica está en vigor desde el 1 de septiembre de 2026](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/actualites/A18953)
- [Service-public: depósito de las cuentas anuales](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/vosdroits/F31214)
