# ¿Se puede facturar antes de recibir el Kbis?

Actualizado : 2026-10-22 · Source : https://legalrapide.fr/es/reponses/facturer-avant-kbis/

Puede firmar presupuestos y contratos **en nombre de la sociedad en formación** antes de la inscripción: la sociedad los asumirá una vez inscrita, si figuran en los estatutos o se aprueban después. Las facturas, en cambio, deben indicar el número SIREN y la inscripción en el RCS: emítalas después de la inscripción.

## En la práctica
- Indique en el presupuesto: «[Nombre], sociedad en formación».
- Enumere los actos ya realizados en la relación anexa a los estatutos, o haga que se aprueben tras la inscripción.
- Facture en cuanto se haya asignado el SIREN y se haya realizado la inscripción.

## ¿Cliente con prisa?
Presentar rápido un expediente completo es la única palanca: véase [qué puede retrasar una inscripción](/es/reponses/retard-immatriculation/).

## Sources
- [Service-public: menciones obligatorias en una factura](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/vosdroits/F31808)
- [Service-public: ¿cómo crear una sociedad?](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/vosdroits/F32886)
