# Constitución de una sociedad: ¿qué documentos hay que firmar y basta la firma electrónica?

Actualizado : 2026-10-24 · Source : https://legalrapide.fr/es/reponses/signature-electronique-creation/

Para crear una sociedad, usted firma los **estatutos** (todos los socios), una **declaración de ausencia de condenas y de filiación** por cada directivo y, si un tercero realiza el trámite por usted, un **mandato**. La firma electrónica es válida para estos actos siempre que se base en un procedimiento fiable de identificación (Código Civil, art. 1367). El propio trámite de constitución se firma en el guichet unique (ventanilla única) mediante una **firma simple**: una casilla marcada que equivale a una declaración jurada.

## Quién firma qué
| Documento | Firmantes |
|---|---|
| Estatutos | Cada socio (o el socio único); si el socio es una sociedad, su representante legal |
| Lista de suscriptores (sociedades por acciones) | El presidente |
| Declaración de ausencia de condenas y de filiación | Cada directivo |
| Mandato para realizar los trámites | El directivo |
| Trámite de constitución en el guichet unique | El declarante, mediante firma simple |

## Constitución, modificación, cese: tres niveles
- **Constitución**: firma simple en el guichet unique.
- **Modificación o cese, depósito de las cuentas anuales**: firma electrónica avanzada basada en un certificado cualificado, o conexión mediante FranceConnect+.
- Los estatutos y demás actos adjuntos no requieren firma cualificada.

## Conviene saber
- Los documentos se presentan en PDF (10 MB como máximo por archivo).
- En LegalRapide, los documentos que debe firmar se generan en su área de cliente a partir de sus respuestas.

## Sources
- [INPI: firmar el trámite en el guichet unique](https://www.inpi.fr/ressources/formalites-dentreprises/signer-sa-formalite-sur-guichet-unique)
- [Guichet unique: firmar](https://formalites.entreprises.gouv.fr/signer.php)
- [Légifrance: Código Civil, art. 1367 (firma electrónica)](https://www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000032042456)
- [Service-public: redacción y registro de los estatutos](https://entreprendre.service-public.gouv.fr/vosdroits/F32232)
