En resumen
Tras la inscripción, una sociedad debe llevar la contabilidad, declarar y pagar el IVA según su régimen, preparar la CFE (impuesto local sobre empresas), estar en condiciones de recibir facturas electrónicas, y después aprobar sus cuentas en los seis meses siguientes al cierre y depositarlas en el greffe. Service-public
En las primeras semanas
- Desbloquear el capital con el Kbis y utilizar la cuenta bancaria de la sociedad.
- Llevar el libro de decisiones del socio único o de las juntas.
- Comprobar el régimen de IVA indicado en la creación.
- Estar en condiciones de recibir facturas electrónicas: obligatorio desde el 1 de septiembre de 2026 para las empresas establecidas en Francia y sujetas al IVA.
Service-public
Durante el ejercicio
- Llevar una contabilidad regular y conservar los justificantes.
- Presentar las declaraciones de IVA según el régimen (mensual, trimestral o anual).
- Presentar la declaración inicial de la CFE (formulario 1447-C) antes del 31 de diciembre del año de creación. La CFE no se paga el año de creación.
Tras el cierre
- Formular las cuentas anuales.
Service-public
- Aprobarlas en los seis meses siguientes al cierre.
- Depositarlas en el greffe en el mes siguiente a la aprobación (dos meses si el depósito es electrónico).
Con LegalRapide
La fórmula Sérénité incluye al asesor contable colaborador, la facturación electrónica y la aprobación de las cuentas.
Escrito por Razvan Toma, fundador de LegalRapide. Cómo verificamos nuestras cifras · LinkedIn