El capital depositado permanece bloqueado hasta la inscripción. Si la sociedad no se inscribe en los 6 meses siguientes al primer depósito, los socios pueden recuperar sus fondos: bien solicitándolo directamente al depositario (banco o notario) a través de un mandatario que represente a todos los socios, bien solicitándolo por vía judicial (Code de commerce, art. L223-8 para la SARL y la EURL, art. L225-11 aplicable a la SAS y la SASU). Sources (4)
LégifranceLégifrance: Code de commerce, art. L223-8 (retirada de los fondos, SARL)
LégifranceLégifrance: Code de commerce, art. L225-11 (retirada de los fondos, sociedades por acciones)
LégifranceLégifrance: Code de commerce, art. L227-1 (normas de las sociedades anónimas aplicables a la SAS)Service-publicService-public: constituir y depositar el capital social
Las dos vías
| Vía | Quién la solicita | Cuándo |
|---|---|---|
| Retirada directa ante el banco o el notario | Un mandatario que represente a todos los socios | Tras 6 meses sin inscripción |
| Solicitud judicial | SARL, EURL: cada socio por su aportación. SAS, SASU: cualquier socio solicita el nombramiento de un mandatario que retira los fondos para todos | Tras 6 meses sin inscripción |
Antes de los 6 meses, y mientras la sociedad no esté inscrita, nadie puede retirar los fondos, ni siquiera el futuro administrador.
Antes de renunciar
- Un expediente pendiente no es un expediente abandonado: puede presentarse un expediente completo mientras siga corriendo el plazo de 6 meses.
- Si un banco bloquea la apertura de la cuenta, existen otros depositarios: véase qué hacer si el banco rechaza el depósito del capital.
- El depósito realizado en la Caisse des dépôts antes del 1 de junio de 2021 se recupera según el procedimiento de la Caisse des dépôts.
Escrito por Razvan Toma, fundador de LegalRapide. Cómo verificamos nuestras cifras · LinkedIn