En resumen
Sí. Si ya ha depositado el capital y ha obtenido el certificado de depósito de fondos, basta con adjuntarlo al expediente. El importe, los socios y la denominación que figuran en el certificado deben coincidir exactamente con los estatutos.
Qué comprobar en su certificado
- La denominación de la sociedad en constitución.
- El nombre de cada socio y el importe desembolsado.
- Un importe al menos igual al mínimo legal que debe desembolsarse.
- La fecha, el sello y la firma del depositario.
Si algún dato no coincide con los estatutos, ajuste los estatutos antes de firmarlos en lugar de volver a depositar el capital. Service-public
Escrito por Razvan Toma, fundador de LegalRapide. Cómo verificamos nuestras cifras · LinkedIn